La Dirección General de Tráfico (DGT) trabaja constantemente en medidas destinadas a incrementar la seguridad de los usuarios más vulnerables de las vías. Uno de estos colectivos es el que agrupa a los que utilizan los patinetes eléctricos para trasladarse de forma habitual. El riesgo que representan se debe, por un lado, a la ausencia de regulaciones concretas para su circulación, por otro lado, por la falta de concienciación ciudadana al haber adoptado la falsa creencia de que se trataba de un juguete que podía dejarse en manos de los más jóvenes.
Entre las novedades más destacadas del nuevo reglamento para patinetes eléctricos se encuentran, en primer lugar, la prohibición de su uso a menores de 16 años, en segundo lugar, la obligatoriedad del casco y, por último, la exigencia del uso de luces y chalecos reflectantes en situaciones de baja visibilidad.
En ciudades como Madrid y Barcelona, contar con un seguro de movilidad personal para usar un patinete eléctrico no es obligatorio en la actualidad, sin embargo, la normativa prevé incuirlo en un futuro cercano. Cuando estas capitales de provinica la tenga en vigor, no tardará en extenderse al resto del territorio nacional. Independientemente de su imposición legal y en dependencia del área geográfica de residencia, la realidad es que, tal y como ocurre con el resto de vehículos, es muy ventajoso contar con una póliza que cubra, como mínimo, la responsabilidad civil frente a terceros.
Circular sin seguro en las zonas donde se exige acarrea importantes multas y sanciones que varían según la normativa local, llegando a ser elevadas en la mayoría de las grandes ciudades. En el caso concreto de Madrid, la sanción económica asciende hasta los 500 euros, y puede llegar a incluir la inmovilización y retirada del vehículo hasta que se presente el seguro.
Zonas autorizadas y no autorizadas para circular con patinete eléctrico
En España, las normativas sobre el uso de patinetes eléctricos han sido establecidas por la Dirección General de Tráfico (DGT), no obstante, pueden cambiar ligeramente en dependencia de la comunidad autónoma o el municipio en el que se utilice. En líneas generales, estas son las zonas permitidas y prohibidas para circular en patinete eléctrico en el territorio nacional.
En relación a los carriles bici, la ley ni prohíbe ni permite expresamente la circulación de patinetes eléctricos, no obstante, se entiende que se trata de un entorno seguro para compartir con ciclistas. Las autoridades de Tráfico señalan que los patinetes eléctricos pueden circular por carriles bici y vías ciclistas designadas para bici o con señalización para patinetes.
En caso de no existir esta opción y tener que ir por carretera urbana, siempre se hará pegado a un lado para no entorpecer el tráfico. Está permitido circular en calles o áreas urbanas con límite de velocidad de 30 km/h o menos, siempre que no exista otro tipo de restricciones locales específicas.
En algunas ciudades o municipios, está permitido circular por parques y áreas recreativas, respetando siempre las normativas locales. No obstante, no es posible circular por las aceras y zonas peatonales, en estos casos, será necesario bajarse e ir caminado para evitar accidentes.
Por último, es importante resaltar que queda terminante prohibido el uso de patinetes eléctricos por carreteras interurbanas, túneles urbanos, travesías, autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado debido al alto riesgo que representa, así como por vías ferroviarias o de transporte público por razones obvias de seguridad.